sábado, 21 de febrero de 2015

CANON DIGITAL

¿QUE ES?

Es la tasa que se aplica sobre equipos y soportes electrónicos de usos masivos como móviles, MP3 y MP4, memorias USB, CD, DVD o discos duros externos para compensar los derechos de propiedad intelectual que los creadores dejan de percibir por la práctica de la copia privada.
La orden ministerial sobre el canon digital que regula desde 2008 los soportes digitales sujetos al pago de esta tasa,pretendíendo asi  compensar a los autores por los ingresos que dejan de percibir cuando se hace una copia de su obra.

¿TASA O IMPUESTO?
El canon no es un impuesto, ya que no se cobra directamente al ciudadano sino a los fabricantes e importadores de equipos y soportes para la reproducción de obras, así como a los sucesivos adquirientes en la cadena de distribución.
Sin embargo, en la práctica, esta tasa, que debe ir desglosada en las facturas, acaba siendo un impuesto indirecto al elevar el precio final del producto.
¿QUIEN DECIDE LAS TARIFAS DEL CANON ?
Los ministerios de Cultura e Industria fijan los soportes y equipos a los que afecta el canon , así como la tarifa correspondiente en cada uno de ellos. Las tasas fueron fijadas el 18 de diciembre de 2007 y entraron en vigor el 1 de julio de 2008.
- ¿A DONDE VA EL DINERO DEL CANON?
Aunque los artistas son el objeto último de beneficio de este canon, son las sociedades de gestión de derechos de autor las que administran el cobro del mismo.
En España, son ocho las entidades de este tipo: Sociedad General de Autores y Editores (SGAE), Entidad de Gestión de Derechos de los Productores Audiovisuales (EGEDA), Centro Español de Derechos Reprográficos (CEDRO), Asociación de Gestión de Derechos Intelectuales (AGEDI), Artistas Intérpretes o Ejecutantes, Sociedad de Gestión de España (AIE), Visual, Entidad de Gestión de Artistas Plásticos (VEGAP), Artistas Intérpretes, Sociedad de Gestión (AISGE), y Asociación Derechos de Autor de Medios Audiovisuales (DAMA).
- ¿CUANTO SE RECAUDA?
Aunque las previsiones de los detractores del canon calculaban que la recaudación ascendería a los 1.200 millones de euros, las entidades de gestión ingresaron 100,2 millones de euros el año pasado, mientras que en 2008 el canon digital supuso 83,3 millones de euros.
¿QUE OTROS PAISES APLICAN CANON ?
Veintidós países de la UE han implantado la tasa -aunque sin homogeneidad en cuanto a productos y porcentajes-, excepto Luxemburgo, Irlanda, Reino Unido, Malta y Chipre que carecen de este sistema. Las diferencias están en las tarifas.
Francia es el estado miembro que más grava los CD vírgenes. El canon sobre éstos es de 0,35 euros, mientras que en Alemania no llega 0,1 euros. En España es de 0,17 euros. En los DVD vírgenes la diferencia es aún mayor.
Dinamarca, Holanda y Portugal sólo aplican canon a los soportes de almacenamiento de vídeo y audio. Además de estos artículos, tienen canon los MP3 o grabadoras de CD en Austria, Alemania, Bélgica, Francia, Finlandia, Grecia, Hungría Italia, Islandia, Letonia, Lituania, Eslovaquia, España, República Checa, Polonia y Suecia.



¿SE DEBERIA IMPLEMENTAR CANON DIGITAL EN COLOMBIA?
En mi opinion no estoy de acuerdo con que se implemente canon digital aqui en nuestro pais.Me parece que esta fue una presentacion patrimonial publica para beneficio de los autores ya que reclaman los derechos de autor por un presunto daño de copias digitales privadas.Ademas, no me parece justo que las personas tengamos que pagar a los ‘’autores’’ por copias digitales almacenadas o producidas, ademas de ya haber pagado a dichos autores por obras legalmente adquiridas, parceciendome inamisible que el acreedor de esto sea una persona que negocea y recibe precios en el mercado con las mismas obras que originan su derecho al canon.

http://www.que.es/ultimas-noticias/internacionales/201103241326-diez-claves-para-entender-canon.html

http://www.elcorreo.com/vizcaya/20110324/mas-actualidad/sociedad/canon-digital-quien-esta-201103241154.html
                





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